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Abogados que defienden derechos de una pareja homosexual a la “unión libre” rechazan decisión del SERECI


2020-08-16
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Brújula Digital

Los abogados que defienden a una pareja homosexual a que se les reconozca el derecho a la “unión libre” rechazaron la decisión del SERECI al respecto, y anunciaron que recurrirán nuevamente a la Sala Constitucional Segunda de La Paz para hacer prevalecer el fallo que asumió esa instancia previamente. En julio pasado, la Sala Constitucional Segunda del Tribunal de Justicia de La Paz anuló una resolución administrativa del SERECI de 2018, que había negado el derecho de las personas del mismo sexo a la unión libre, una opción que tienen las personas heterosexuales y que equivale al matrimonio.

Dos homosexuales residentes en La Paz, que conviven desde hace 10 años, apelaron la decisión del SERECI y recurrieron a la justicia constitucional.

Los tres vocales de la Sala Constitucional Segunda consideraron, en forma unánime, que la resolución administrativa del SERECI era lesiva para los derechos humanos de los interesados y ordenaron a su director a emitir una nueva resolución en el marco del control de convencionalidad, empleando como parámetro la Convención Americana y la opinión consultiva 24/2017 de la Corte IDH.

Sin embargo, en vez de hacer aquello, el director del SERECI, Diego Tejerina, envió una medida cautelar al Tribunal Constitucional Plurinacional para eludir dar paso al fallo del Tribunal Segundo de La Paz.

“El incumplimiento del SERECI constituye una violación a la Constitución Política del Estado, cuyo artículo 129.V señala que la decisión que conceda la acción de amparo constitucional será ejecutada inmediatamente y sin observación”, dijo a Brújula Digital el abogado Guido Ibarguen, que representa a la pareja.

Ibarguen dijo también que la decisión vulnera el Art. 40 (1) del Código Procesal Constitucional, que indica que “las resoluciones determinadas por una Jueza, Juez o Tribunal en Acciones de Defensa, serán ejecutadas inmediatamente”.

Un comunicado de Derechos en Acción, que dirige Ibarguen, y de la entidad Comunidad de Derechos Humanos, expresa que “la medida cautelar solicitada por el SERECI al Tribunal Constitucional (…) está reservada a los accionantes del amparo constitucional con el fin de que sus derechos sean precautelados”, no afectados.

Agregan que la función de la medida cautelar no es otra que brindar una tutela preventiva a quienes acuden a la justicia constitucional a fin de evitar la concreción de un daño irreparable.

“Sin embargo, en el presente caso, el ‘accionado’ (SERECÍ) que ha violado los derechos humanos de la pareja, es la que ha solicitado la medida cautelar, distorsionando el objeto y fin de este instituto jurídico”, expresa el comunicado.

Derechos en Acción y la Comunidad de Derechos Humanos, las dos entidades que asesoran a la pareja, conformada por David Aruquipa y Guido Montaño, lamentan este peculiar giro además porque un poder del Estado, como el Órgano Electoral, del que depende SERECI, “desnaturaliza los procedimientos, prolonga innecesariamente el reconocimiento de derechos y esquiva sus propias responsabilidades, buscando que un tercero las asuma por él”, es decir el Tribunal Constitucional.