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TCP aclara que se reconocen los derechos fundamentales de los transexuales; pero no pueden casarse o adoptar


2017-11-22
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El Tribunal Constitucional Plurinacional aclaró hoy que su sentencia respecto a la Ley de Identidad de Género no desconoce los derechos fundamentales de la población transexual y transgénero, siempre y cuando no afecte “el derecho de terceras personas y el interés colectivo”, por lo que ratificó también que personas del mismo sexo no pueden contraer matrimonio o adoptar a un hijo.

En su auto constitucional referente a la solicitud de enmienda a la ley de Identidad de Género, el TCP aclara que su sentencia constitucional “reconoce el derecho a la identidad de género sin que de manera alguna niegue o desconozca derechos políticos, laborales, civiles, económicos o sociales de quienes asuman un cambio de identidad de género”.

En ese sentido, el TCP señala que la sentencia del Tribunal en ningún momento “restringe los derechos que las personas por su propia condición de ser humanos tienen proclamados en la Constitución Política del Estado”, como es los derechos civiles y políticos como elegibles y electores o aquellos que nacen de las relaciones civiles privadas o comerciales, los derechos a la salud, al trabajo o de propiedad.

Empero, el TCP aclara también que la inconstitucionalidad “tiene como base las circunstancias donde el cambio de género puede dar lugar a la afectación de los derechos de terceros y el interés colectivo”; tal es el caso del matrimonio o la adopción.

Por otro lado, el Tribunal Constitucional también ratifica el derecho a la confidencialidad de las personas que hayan decidido cambiar de sexo, nuevamente, en excepción de circunstancias que puedan tener afectación a terceras personas.

Finalmente, el TCP recomienda que sea la Asamblea Legislativa Plurinacional la que debata democráticamente sobre las consecuencias y efectos del cambio de la identidad de género sobre el ejercicio de los derechos políticos de la población transexual y transgénero.

Este último punto, explicó el diputado Horacio Poppe, se trata de discutir bajo que términos y condiciones las personas trans podrán acceder a cargos públicos; es decir, si podrán postular bajo su sexo de origen o su sexo ‘adoptado’.

“Al postular a un cargo público se exige alternancia y hay que debatir si va a entrar una alternancia más, la de personas transgénero, o si éstas personas van a entrar bajo su sexo de origen o de cambio”, explicó Poppe.

El diputado ratificó también que la aclaración del TCP ratifica que “los derechos no son absolutos y que no se pueden sobreponer sobre otros” y aseveró que se confirmó que las personas del mismo sexo no pueden contraer matrimonio o adoptar a un niño/a.

El 9 de noviembre, el TCP declaró como inconstitucional el parágrafo II del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, prohibiendo así que personas transexuales que hayan cambiado de sexo puedan contraer matrimonio o adoptar un hijo.